En Asamblea General ordinaria de Gúdar-Javalambre y Maestrazgo de fecha 7 de mayo de 2003, se aprobaron los siguientes criterios de selección de proyectos para la puesta en marcha del programa LEADER + 2000-2006:
1- PROYECTOS PRODUCTIVOS
1.1.- REQUISITOS PARA LA SELECCIÓN DE PROYECTOS
La subvencionabilidad de un proyecto vendrá determinada por los siguientes criterios:
-
- Inversión localizada en la zona de aplicación del programa.
- Adecuación de la acción a los objetivos y naturaleza del programa.
- Ser pequeña empresa en los términos previstos en el Reglamento (CE) 70/2001.
- Viabilidad técnico – económica y financiera del proyecto.
- Contribución a corregir los desequilibrios territoriales y productivos.
- Garantías suficientes de los promotores del proyecto, tanto en cuanto a su solvencia económico-financiera como empresarial.
- Respeto con el medio ambiente, no generar impacto ambiental negativo.
- Inversión mínima a realizar de 10.000 € salvo en proyectos de marcado interés social.
- Ayudas concurrentes presentadas para un mismo proyecto.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Disponer de las autorizaciones y permisos oportunos.
La Junta Directiva, asesorada por el equipo técnico, determinará la subvencionabilidad de los proyectos en función de la adecuación a dichos criterios de valoración, contando previamente con el informe técnico de elegibilidad del Gobierno de Aragón.
1.2.- PORCENTAJES Y CANTIDADES MÁXIMAS DE AYUDAS.
De acuerdo con las líneas básicas marcadas en el proyecto, y teniendo en cuenta los porcentajes máximos de ayuda pública que con carácter general se puede recibir en nuestra zona, se establecen los siguientes porcentajes y máximos en función de los criterios puntuables:
Mínimo del 20% y un máximo del 35%.
El máximo de ayuda por proyecto será de 150.000 Euros.
1.3.- CRITERIOS PUNTUABLES
Para establecer la puntuación de los proyectos, se evaluarán los siguientes criterios:
1. Valorización de productos locales.
2. Proyectos de entidades de economía social.
3. Proyectos de claro interés social.
4. Contribución a corregir desequilibrios territoriales.
5. Creación de empleo estable.
6. Empresas de nueva creación.
7. Acciones de cooperación interempresarial.
8. Lanzamiento de una nueva actividad o producto innovador en la zona.
9. Integración en el mundo laboral de mujeres, jóvenes o discapacitados.
10. Proyectos promovidos por colectivos de difícil inserción laboral.
2- PROYECTOS NO PRODUCTIVOS
2.1.- CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE PROYECTOS
La subvencionabilidad de un proyecto no productivo vendrá determinada por los siguientes criterios:
1. Carácter innovador de la inversión.
2. Carácter asociativo.
3. Integración en el medio.
4. Contribución ambiental.
5. Contribución al desarrollo integral de la zona.
6. Beneficios sociales indirectos.
7. Cooperación entre municipios.
8. Grado de promoción de las comarcas.
La Junta Directiva, asesorada por el equipo técnico, determinará la subvencionabilidad de los proyectos en función de la adecuación a dichos criterios de valoración, contando previamente con el informe técnico de elegibilidad del Gobierno de Aragón.
2.2.- PORCENTAJES Y CANTIDADES MÁXIMAS DE AYUDAS.
En acciones promovidas por el Grupo hasta un 100 % (Se establece la limitación del 75% para acciones de formación).
En acciones llevadas a cabo por promotores se establecen los siguientes máximos:
Formación 75%
Jornadas técnicas 75%
Promoción de sectores productivos y comercialización 65%
Estudios, asistencias técnicas, inventarios... ( Máximo 100.000€) 75%
Proyectos de promoción y revalorización del patrimonio 50%
Publicaciones 65%
3- CUANTIFICACIÓN PORCENTUAL DE LOS CRITERIOS PUNTUABLES
3.1.- PROYECTOS PRODUCTIVOS
El sistema para la determinación del porcentaje subvencionable en los proyectos productivos consiste en la valoración del mismo atendiendo a los diez criterios puntuables señalados anteriormente. Por cada uno de los criterios se le otorga, en su caso, una puntuación de 1 a 10 atendiendo a la distribución de valores que a continuación se detalla. La puntuación obtenida se convierte en el porcentaje subvencionable una vez llevada a la tabla de valores por tramos que también mostramos.
Criterio 1: Valoración de productos locales
Productos identificativos del territorio | 10-7 |
Productos endógenos producidos y transformados en el territorio | 6-4 |
Productos exteriores transformados en la zona o endógenos transformados fuera | 3-1 |
Criterio 2: Proyectos de entidades de economía social
Cooperativas de mujeres y/o jóvenes (<35 años) | 10-7 |
Cooperativas, S.A.Laborales y Coop.Trab.Asociado | 6-4 |
Otras formas de economía social | 3-1 |
Criterio 3: Proyectos de claro interés social
Dirigidos a las clases más desfavorecidas | 10-7 |
Fomento de la integración de la población inmigrante | 6-4 |
Proyectos que favorezcan las relaciones interpersonales de los habitantes de la comarca | 3-1 |
Criterio 4: Contribución a corregir desequilibrios territoriales
Situados en municipios con población inferior a 400 habitantes | 10-7 |
Situados en municipios con población inferior a 900 habitantes | 6-4 |
Situados en municipios de 900 habitantes o superior | 3-1 |
Criterio 5: Creación de empleo estable
Creación de 2 o más puestos de trabajo (sin contar el promotor) | 10-7 |
Creación de 1 ó 2 puestos (contando el del promotor) | 6-4 |
Mantenimiento del empleo | 3-1 |
Criterio 6: Empresas de nueva creación
Empresas de productos o servicios de inminente demanda por la población | 10-7 |
Empresas que supongan la diversificación económica de los sectores productivos clásicos | 6-4 |
Resto de empresas | 3-1 |
Criterio 7: Acciones de cooperación interempresarial
Proyectos conjuntos entre dos o más entidades del territorio | 10-7 |
Proyectos conjuntos entre dos o más entidades cuando al menos una pertenece al territorio | 6-4 |
Proyectos de promoción y comercialización conjunta entre dos o más empresas del territorio | 3-1 |
Criterio 8: Lanzamiento de una nueva actividad o producto innovador en la zona
Actividad sin precedente en su comarca correspondiente | 10-7 |
Actividad ya existente cuya oferta es insuficiente para la población del territorio | 6-4 |
Resto de actividades | 3-1 |
Criterio 9: Integración en el mundo laboral de mujeres, jóvenes o discapacitados
Proyectos de creación de empleo para esos colectivos | 10-7 |
Proyectos para la formación y atención de esos colectivos | 6-4 |
Proyectos para la participación de esos colectivos | 3-1 |
Criterio 10: Proyectos promovidos por colectivos de difícil inserción laboral
Discapacitados, mujeres y jóvenes | 10-7 |
Parados mayores de 45 años o parados de larga duración acreditada (>9 meses) | 6-4 |
Otros sectores de población marginales | 3-1 |
-Discapacitados, mujeres y jóvenes …………………………..… 10-7
-Parados mayores de 45 años o parados de larga duración acreditada (>9 meses) …………………………………………….. 6-4
-Otros sectores de población marginales ……………..………….. 3-1
Tabla de asignación porcentual por tramos
Puntuación Obtenida | Puntuación Tramo asignable de ayuda |
85-100 | 34/35% |
70-84 | 32/33% |
56-69 | 30/31% |
43-55 | 28/29% |
31-42 | 26/27% |
20-30 | 24/25% |
10-19 | 22/23% |
1-9 | 20/21% |
3.2.- PROYECTOS NO PRODUCTIVOS
El procedimiento de selección de proyectos no productivos es un sistema combinado que determina, por un lado, la subvencionabilidad de un proyecto, y por otro, el porcentaje de subvención que le corresponde atendiendo en ambos casos a los siguientes criterios:
- Carácter innovador de la inversión.
- Carácter asociativo.
- Integración en el medio.
- Contribución ambiental.
- Contribución al desarrollo integral de la zona.
- Beneficios sociales indirectos.
- Cooperación entre municipios.
- Grado de promoción de las comarcas.
Serán subvencionables aquellos proyectos que cumplan 4 o más de estos criterios, siendo éstos valorados rigurosamente mediante la real y efectiva concurrencia de elementos que los justifiquen, y atendiendo siempre a los objetivos y medidas prioritarias del Programa de Desarrollo presentado por AGUJAMA.
La cuantificación porcentual de ayuda LEADER PLUS a conceder a los proyectos presentados que resulten subvencionables según el párrafo anterior, depende igualmente del número de criterios concurrentes en aquellos, determinando la Junta Directiva (a propuesta del Equipo Técnico), el porcentaje final en virtud de la siguiente tabla:
Nº criterios | Porcentaje de Ayuda |
4 | Hasta 40% |
5 | 41-50% |
6 | 51-60% |
7 | 61-70% |
8 | 71-80% |
Se establecen asimismo unos límites máximos de ayuda según la naturaleza y objeto del proyecto, a saber:
- Formación 75%
- Jornadas técnicas 75%
- Promoción de sectores productivos y comercialización 65%
- Estudios, asistencias técnicas, inventarios... ( Máximo 100.000€) 75%
- Proyectos de promoción y revalorización del patrimonio 50%
- Publicaciones 65%
Cuando a juicio del órgano decisorio concurran circunstancias especiales en un determinado proyecto que incidan en el desarrollo del territorio, y por sus características y envergadura precisen un apoyo mayor del que se deriva de la aplicación de estos baremos, el Grupo podrá subvencionar con un porcentaje mayor al resultante, incluso superando el 80% de la inversión propuesta.