¿Quién puede solicitar Ayuda?
Entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro.
Tipo de subvención y máximos
- -La ayuda tendrá carácter de subvención de capital.
- -La subvención máxima es del 80 % del presupuesto elegible si la actividad formativa se considera como proyecto no productivo.
- -La subvención máxima será del 35 % ó 50 % si la actividad formativa se considera como proyecto productivo (formación individualizada entre otros).
Actividades Subvencionables
Actividades formativas a desarrollar en Gúdar-Javalambre y Maestrazgo que contribuyan a cubrir las necesidades detectadas en la Estrategia de Desarrollo LEADER comarcal 2023-2027. Entre otras:
- -Acciones de formación y divulgación en relación con la conservación y protección del medio ambiente.
- -Acciones de formación y divulgación en materia de cambio climático.
- -Acciones formativas en materia de empleo, espíritu emprendedor y creación de empresas.
- -Acciones formativas para la inserción sociolaboral de migrantes y formación para voluntariado.
- -Acciones formativas en materia de desarrollo y planificación territorial.
- -Acciones formativas en cultura y patrimonio local.
- -Otras
Gastos subvencionables
Gastos correspondientes a las actividades de formación y demostración siempre que las actividades y cursos no sean objeto de programas de formación profesional reglada o de educación de enseñanzas secundaria o superior.
Los límites de los importes de los gastos subvencionables son los publicados en el Anexo IV de la Convocatoria de las ayudas Leader para la realización de operaciones de terceros conforme a las Estrategias de Desarrollo Local Leader para el año 2024,
Estos límites se refieren a importes máximos subvencionables
Compatibilidad con otras ayudas
Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda hasta la intensidad máxima que permita la normativa en cada caso. Siendo la suma del total de ayudas como máximo el 80 % del coste de las actuaciones subvencionables.
Obligaciones de los beneficiarios
- Estar al corriente y aceptar las bases reguladoras establecidas para la concesión de las ayudas LEADER 2023-2027 (Orden AGM/1835/2022 de 25 de noviembre), así como las órdenes por las que se aprueban las convocatorias anuales.
- Cumplir cualesquiera otras obligaciones impuestas en la normativa estatal o autonómica aplicable, en la convocatoria o en la resolución de concesión.
- Ser conocedor de que si en el transcurso de una de las acciones de control que se llevaran a cabo se detectara una irregularidad atribuida al promotor o a un error material, se pueden producir reducciones y exclusiones sobre el importe concedido.
- Permitir la promoción del proyecto subvencionado en todas las publicaciones promovidas por AGUJAMA (página web, publicidad, etc.).
- Comprometerse a aportar la documentación referida de las empresas vinculadas y/o asociadas que se solicite, en su caso.
- Comprometerse a llevar la contabilidad de la empresa subvencionada según la normativa vigente que sea aplicable. Conservar los documentos justificativos en tanto puedan ser objeto de comprobación y control. Dicha contabilidad será separada de sus gastos y de su cofinanciación pública haciendo una contabilidad analítica de la subvención.
- La actividad subvencionable deberá efectuarse dentro de los 12 meses desde la notificación de la subvención. Este plazo no podrá ser objeto de prórroga.
- NO SE PODRÁ EJECUTAR NINGUNA ACTIVIDAD FORMATIVA ANTERIOR A LA FECHA DEL CONTROL DE CALIDAD DEL INFORME DE ELEGIBILIDAD.
- El inicio de la actividad se comunicará a AGUJAMA, 7 días antes de su realización a través del formulario (“Comunicación de inicio y/o modificación de la actividad”)
- Cualquier cambio deberá ser previamente notificado a AGUJAMA, debidamente justificado y firmado, en particular:
- La reducción de la duración de la actividad aprobada.
- El cambio de localidad de celebración de la misma.
- El cambio de local de celebración.
- Cambio en las fechas.
- Cambio en el programa.
- Cambio en los profesores.
La información debe estar actualizada, ya que es la que se utilizará para los controles a realizar desde el Servicio de Programas Rurales. En los controles in situ se controlará el cumplimiento de los datos comunicados o, en su caso, las modificaciones notificadas en tiempo y forma. En caso de detectarse incidencias por algún incumplimiento, se podría perder el derecho a la ayuda de la actividad formativa.
11.Durante la realización de las actividades en aulas, salones, stands, zonas al aire libre, etc, deberán disponerse, en zona bien visible al público, paneles informativos en los que aparezca el emblema de la Unión Europea y la referencia a la ayuda del FEADER (AGUJAMA proporcionará el modelo de cartel); en el caso de que se dispongan de banderas, deberá incluirse la de la UE.
Todo el material formativo, informativo o promocional, deberá hacer alusión a la financiación de la actividad incluyendo los emblemas de la UE (Fondos FEADER), Leader y Gobierno de Aragón y dicho material deberá haber recibido el visto bueno de la Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón.
No se aceptará como subvencionable ningún material didáctico que no haya obtenido el visto bueno previo de la Comisión Publicidad y Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón.
Las faltas de asistencia, con independencia de la causa, no podrán superar el 20% de la duración total de la actividad. Dicha asistencia se justificará mediante la hoja de firmas, que se diligenciará en cada sesión. No se admitirán firmas claramente distintas, ni las realizadas a lápiz. Este documento no puede tener correcciones, ni enmiendas ni tachaduras. Cualquier observación figurará anotada a bolígrafo en el dorso del documento e irá firmada por el coordinador.
Cuando un curso se realice en jornada partida, de mañana y tarde, es necesario rellenar dos modelos de hojas de firmas, uno para la mañana y otro para la tarde.
12.Comunicar inmediatamente cuantas ayudas solicite u obtenga para el mismo proyecto de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, a partir de la fecha de la presente solicitud.
En este sentido, las aportaciones económicas de entidades que no sean beneficiarias del proyecto son subvenciones y por tanto son incompatibles con la ayuda LEADER.
13.En la justificación de la ejecución del proyecto sólo se aceptarán los gastos que se corresponden con los presupuestos aceptados por AGUJAMA; las facturas de ejecución del gasto que se presenten se deberán corresponder con los presupuestos o facturas pro-forma aceptadas por el Grupo cuando generó el presupuesto que sirvió para el cálculo de la ayuda. Esto es, el promotor tiene que recurrir a la empresa que ofreció el presupuesto más barato, salvo en los casos argumentados debidamente conforme a la Ley de Subvenciones.
Si el importe ejecutado es superior al presupuestado, se considerará para el cálculo de la subvención el importe presupuestado.
14.La presentación de todos los documentos para la justificación del cobro de la subvención deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha de finalización de cada actividad. En caso de que la resolución de la subvención fuera posterior a la fecha de finalización de la actividad, los 30 días comenzarán a contar a partir de la recepción de la citada resolución.
Cuando se justifiquen gastos de IRPF y de Seguridad Social, éstos se podrán presentar con posterioridad.
15.Se podrán proponer certificaciones y pagos parciales con un importe mínimo de 15.000 euros en inversiones. La última certificación será como mínimo del 30% de la inversión aceptada en la resolución de ayuda.
En las facturas que contengan simultáneamente elementos elegibles y no elegibles, se señalarán en cada caso para que de forma indubitada se pueda conocer los elementos de la misma que serán subvencionados y cuáles no.
16.Cuando una operación reciba una ayuda pública total superior a 10.000 euros, el beneficiario colocará al menos un panel (de un tamaño mínimo A3) o una pantalla electrónica con información sobre el proyecto según modelo establecido por la Dirección General de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.
17. Comunicar cualquiera de las siguientes incidencias:
- -Cualquier cambio en los presupuestos iniciales presentados, tanto en las partidas de gasto del proveedor, como en conceptos de gasto, así como la modificación de aspectos técnicos o condiciones iniciales.
- -El cambio de titularidad o domicilio del beneficiario.
- -La subrogación de los derechos derivados de la concesión de la ayuda.
- -El cambio de ubicación del proyecto.
- -La solicitud o concesión de otras ayudas públicas.
- -La modificación de cualquiera de las condiciones particulares impuestas en la resolución.
- -La renuncia a la ayuda concedida.
- -La finalización dentro del mes siguiente a la finalización de las actuaciones.
- Y, en definitiva, cualquier eventualidad que pueda alterar o dificultar el desarrollo de las actuaciones subvencionadas, con el fin de que pueda modificarse el contenido o la cuantía de la resolución que, en todo caso, necesitará autorización de la Dirección General de Desarrollo Rural. La eventualidad deberá comunicarse en el plazo de un mes desde que el beneficiario tenga conocimiento de la eventualidad.
Tramitación del Expediente
Fase de solicitud de ayuda
- 1.Presentación de la documentación requerida y registro de la Solicitud de Ayuda.
- 2.Verificación de la documentación aportada, concediendo, en su caso, un plazo de 10 días hábiles para subsanar las deficiencias apreciadas.
- 3.Elaboración de Informe de Elegibilidad y de propuesta de subvención de los proyectos presentados.
- 4.Propuesta de resolución de ayudas por parte de la Junta Directiva de aquellos proyectos con informe favorable, en la que se incluye la propuesta de baremación del proyecto y asignación del porcentaje de ayuda correspondiente.
- 5.Control de Calidad del Informe de Elegibilidad y de propuesta de subvención por parte de la Red Aragonesa de Desarrollo Rural.
- No se podrá ejecutar ninguna actividad formativa con anterioridad a la fecha del control de calidad del informe de elegibilidad.A partir de este momento, y no antes, el promotor puede realizarse la actividad formativa.
Una vez alcanzada la nota de corte para cada tipo de proyecto, los proyectos presentados en cada uno de los procesos selectivos compiten en concurrrencia con el resto de proyectos presentados asignándose los fondos disponibles en función del orden que derive de la puntuación obtenida en la baremación de los proyectos.
- Resolución definitiva de la ayuda por parte de AGUJAMA.
- En caso de resolución negativa, comunicación al promotor.
- En caso de resolución positiva, comunicación al promotor especificando:
- a.Presupuesto aceptado de la inversión.
- b.Puntuación obtenida en la baremación.
- c.Porcentaje de ayuda.
- d.Plazo de ejecución (12 meses).
- e.Otras condiciones y obligaciones.
Fase de certificación y pago
1.Seguimiento del proyecto y realización de Certificaciones parciales y/o finales dentro del plazo máximo de 12 meses de ejecución.
Sin necesidad de agotar el plazo máximo de justificación que se determina en la resolución, se debe justificar la inversión en el plazo máximo de un mes desde la terminación de las actuaciones (desde el pago de la última factura)
2.Procedimiento para la certificación y pago de las ayudas.
- a.El promotor podrá solicitar el pago de la ayuda cuando haya realizado parte o el total de las inversiones o gastos objeto de ayuda a través de modelo normalizado previa aportación de toda la documentación requerida completa.
- b.El importe de cada certificación será igual o mayor a 15.000 € de inversión subvencionable.
- c.La última certificación será como mínimo del 30% de la inversión aceptada en la resolución de ayuda.
- d.Certificación por parte de Agujama.
- e.Control de calidad de la Certificación por parte de la Red Aragonesa de Desarrollo Rural.
- f.Resolución de pago de la ayuda por parte de la Red Aragonesa de Desarrollo Rural.
Criterios de Intensidad de la Ayuda
En caso del proyecto sea lucrativo los criterios serán los mismos que los establecidos en las ayudas a la inversión de empresas y emprendedores. (Criterios lucrativos)
En caso del proyecto no sea lucrativo los criterios serán los mismos que para los proyectos en las ayudas de entidades sin ánimo de lucro (Criterios no lucrativos).
Documentos a aportar
Documentos a aportar junto con la solicitud
- 1.Autorización para la consulta y verificación de datos en las solicitudes de las ayudas presentadas al amparo de las estrategias de desarrollo local LEADER aplicables en Aragón en el periodo 2023-2027. (DESCARGAR MODELO).
- 2.Solicitud de ayuda (DESCARGAR MODELO).
- 3.Fotocopia del CIF de la entidad que solicita la ayuda.
- 5.Documento acreditativo del poder de representación del representante, Fotocopia del NIF del mismo y acuerdo de iniciar la acción por la que se solicita la ayuda. (DESCARGAR MODELO)
- 5.Fotocopia de la escritura de Constitución y estatutos. Si existe alguna modificación, últimas escrituras vigentes.
- 6.Memoria detallada de las actuaciones que incluya presupuesto desglosado.(El modelo de memoria se ajustará a los modelos de proyecotos productivos o no productivos, según la consideración de la actividad formativa a solicitar).
- 7.Presupuestos y/o facturas proforma.
En todos los casos, los presupuestos deben ser de fecha anterior a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o suministro del bien.
Las ofertas presentadas han de ser de proveedores reales e independientes, estar lo suficientemente detalladas e incluir los mismos elementos para ser comparables.
Requisitos mínimos que deben cumplir los presupuestos o facturas proforma:
-
- a.Identificación clara de que el documento es un presupuesto o factura proforma.
- b.Razón social del solicitante y del proveedor.
- c.Fecha de emisión.
- d.Desglose detallado de los conceptos presupuestados, indicando el número de unidades y el precio unitario.
- 8.Declaración responsable sobre la exención de declaración de IVA, en su caso. (DESCARGAR MODELO)
- 9.En caso de haber recibido ayudas para el mismo proyecto en ejercicios anteriores, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y/o de organismos autónomos y entidades de Derecho Público dependientes o vinculados a ésta, aunque se trate de diferentes fases, se deberá presentar resolución de la entidad concedente en la que conste el cumplimiento de los objetivos establecidos.
- 10.En caso de entidades locales, acreditación de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y haber presentado un plan económico-financiero, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores .
- 11.Otra información precisa para la valoración de la solicitud:
- -Nº de cuenta (en la que figure como titular el solicitante de la ayuda).
- -Otras ayudas recibidas o solicitadas para el mismo proyecto.
- -Ayudas de minimis recibidas por el solicitante de la ayuda en el año actual y/o los dos años anteriores.
- -Estructura de financiación prevista.
- -C.N.A.E.
- 12. Limites de los importes de las gastos subvenvionables ( ANEXO 4). (DESCARGAR MODELO)
Documentos a realizar en la acción formativa
- Comunicación de comienzo de la actividad o modificación de la misma (modelo adjunto)
- Relación de Alumnos (modelo adjunto).
- Relación de profesores y colaboradores (modelo adjunto) y curriculums de los mismos.
- Control de asistencia (modelo adjunto).
- Encuesta de satisfacción (modelo adjunto).
-
Certificado de asistencia (modelo adjunto),en caso necesario.
- Relación de nóminas( En la solicitud de pago) (modelo adjunto)
-
Memoria final de actividad (modelo adjunto)
Solicitud de pago
1.Solicitud de pago . Una vez emitida y notificada la resolución de la ayuda y efectuadas las inversiones o gastos de la actividad correspondiente, la persona beneficiaria registrará en el Grupo la Solicitud de Pago.(DESCARGAR MODELO)
(Dicha solicitud deberá presentarse dentro del mes siguiente a la terminación de las actuaciones, sin necesidad de agotar el plazo de justificación que determina la resolución de la solicitud de ayuda. En caso de que la fecha de resolución sea posterior a la finalización de la inversión, se considerará un mes desde la fecha de notificación de la resolución)
2. Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, el concepto de la factura o del gasto, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. (DESCARGAR MODELO).
3. Facturas y justificantes de pago. Las facturas tienen que estar detalladas cumpliendo los precios máximos que marca el anexo IV del Manual de procedimiento LEADER.
4.A Documentación complementaria común:
Adjuntar los documentos de la sección anterior (Documentos a realizar en la acción formativa).
4.B Documentación específica:
En función de que la persona beneficiaria sea la ejecutora de la actividad o recurra a terceros para impartir la formación (CONSULTARNOS DIRECTAMENTE )